Se realizó este lunes por la noche una Asamblea General Extraordinaria donde se votó y aprobó por mayoría la interpretación y agregado al Reglamento General Interno sobre la residencia temporaria en embarcaciones en fondeadero.
Esta reglamentación establece: “Las embarcaciones que se encuentren bajo guarda en el Club, en fondeadero, no podrán ser usadas como residencia temporaria o permanente por los socios. Solo se admitirá la residencia temporaria por el término de 60 días, sin cargo alguno, a partir de la comunicación respectiva efectuada en la Secretaría del Club. Al vencimiento, la Comisión Directiva podrá aprobar las excepciones de la manera que estime conveniente en cuanto a la duración, la oportunidad y la ubicación de la embarcación, que tengan temporariamente este uso. Este uso excepcional generará un gasto por servicios equivalente al valor de dos fondeos mensual de la embarcación”.